Hay que rendirse a la evidencia: Definitivamente es
un tipo con suerte. Es la conclusión que saco después de leer por segunda vez
los 118 folios de la sentencia de la Audiencia Provincial de Castelló sobre el
“caso Naranjax”. Más allá de lo mucho
que le haya podido tocar la lotería, -que también por eso-, Carlos Fabra es un tipo con suerte.
Primero tiene la ‘suerte’ de poder costearse una
defensa no apta para todos los bolsillos. Vale, conforme, eso más que tener
suerte es tener posibles; pero eso, aunque ayuda, no siempre es suficiente
cuando uno se enfrenta a la Justicia. Y en ese escenario Carlos Fabra también
ha tenido suerte, desde los inicios de tan largo proceso. En su día el primer fiscal
que le tocó en suerte actuó más como un abogado defensor. Más tarde pudo
beneficiarse de eso que llaman la lentitud de la justicia y que no es sino la
ineptitud de la política: La falta de medios para la administración de justicia
propiciada por la dejadez de los gobiernos central y autonómicos en acometer
una reforma que sí han materializado en otras administraciones del estado. Hay una
teoría que apunta a una mala intención que roza la prevaricación: a los políticos
les interesa esta justicia porque ya les va bien con ella.
En el caso de Fabra resulta evidente. Una vez
condenado por los cuatro delitos fiscales el tribunal, pese a reconocer que “dada la gran complejidad del proceso, no se
está ante un período especialmente extraordinario..”, le concede la
atenuante de dilaciones indebidas lo que conlleva “la aplicación en su mitad inferior de la pena base”. Total, un año
por cada uno de los cuatro delitos. Lo mínimo para no salir a hombros. Y eso que
el propio tribunal recuerda que esa atenuante se contempla cuando “no sea atribuible al propio inculpado y que
no guarde proporción con la complejidad de la causa”. ¿Dan a entender sus
señorías que el retraso por los más de veinte recursos presentados no es
atribuible a quien los interpone?, pues de ser así es mucho entender. Y es
mucha suerte que lo entiendan así… y, sobre todo, que le condenen al mínimo
posible.
Y tiene más. Pese a reconocer la sala infinidad de
idas y venidas a Madrid para tratar de ‘lo suyo’, no considera el delito de tráfico
de influencias ya que “No pueden
entenderse comprendidas en el tipo penal de referencia conductas que revelan posiblemente
una cierta sugerencia o invitación, pero que no suponen ni entrañan una verdadera
y real presión psicológica hacia el funcionario”. Sus señorías aceptan que
pudo existir ‘sugerencia o invitación’ pero entienden, otra vez, que no pueden
calibrar que se ejerciera una ‘real presión’… aunque luego ‘lo suyo’ saliera
bien.
No le ha ido peor con el delito de cohecho del que
también sale absuelto. Primero la suerte de que el denunciante cambiara su
versión a última hora y después la fortuna de que la sala de más credibilidad a
esa rectificación que a las denuncias anteriores. El tribunal reconoce que no
se explica de donde salía tanta pasta “siquiera
sea por tratarse de una elevada cuantía para ser considerados simples
honorarios profesionales”, pero acaba concluyendo que “esa sospecha no alcanza la certeza que requiere el pronunciamiento
penal condenatorio para declarar probado que se pagó y se recibió dinero”. Otra
vez fuera, rozando el palo.
Entiendo pues la euforia de Fabra en la rueda de
prensa del día después y a petición propia, inusual en quien acaba de ser
condenado a cuatro años de prisión y a una multa millonaria: Es consciente de
que no le ha ido mal, nada mal. Le ha caído lo mínimo visto, y oído, lo que se
oyó en la sala. La misma que intentó que no se le llegara a juzgar por los delitos
por los que finalmente ha sido absuelto.
![]() |
| Lola Guillamón, presidenta de la Cámara, y Carlos Fabra |
Si le preguntan al ‘otro’ Fabra dice que no va con
él ni con su partido: Fabra sólo hay uno, él, y el otro está ya en la calle. Por
supuesto a petición propia, que nunca nadie en el PP se atrevió a tanto.


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